Sí, pierde los beneficios por haber producido despidos sin causa justificada en el transcurso de los 6 meses anteriores a la entrada en vigencia de la Ley 26.940, quedando excluido del régimen de microempleadores, por el término de un 1 año a contar desde la fecha de esa vigencia.
- Fuente: Art. 48 Ley 26.940